La
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos del 5
de febrero de 1917 está
cumpliendo 96 años de vida (y
156 la Carta
Fundamental de 1857). Durante
este lapso hemos sido testigos de una parte de la historia contemporánea de
nuestro país, desde donde se dio respuesta a una serie de demandas provenientes
del conflicto revolucionario de 1910, a través de la incorporación de una serie
de derechos sociales a favor de las clases desprotegidas como eran los sectores
campesino y obrero, que le dieron el honor de ser la primera Constitución
Social del mundo.
Al paso
del tiempo, se fue construyendo un régimen de gobierno con las características
propias de los momentos en que se encontraba nuestro país, así nació el sistema
presidencial mexicano que, para ser funcional con la hegemonía de un partido político
único en el poder, se comenzó a ir modificando la Carta Fundamental de 1917 con
el fin de crecer como nación y tener una gobernabilidad democrática con la
colaboración real entre el Presidente y el Congreso de la Unión, es decir,
debemos tener claro que uno de sus objetivos es tener Un
Sistema Político Mexicano del Siglo XXI.
No se
tiene la menor duda de que la Constitución Mexicana es un factor imprescindible
para alcanzar las metas que nos proponemos, pero también es evidente que los
legisladores y gobernantes en turno, piensan que modificando la Ley Fundamental
será la solución inmediata a todos los problemas que tiene nuestro país. Así,
desde el 5 de febrero de 1917 hasta esta fecha, se han llevado a cabo 552 reformas
constitucionales a sus 136
artículos que la conforman. De hecho, la última reforma que tiene nuestro texto
es del 30 de noviembre de 2012 relativo al Estado
Laico.
A
continuación les dejo unos vínculos con información importante para tenerla presente
en este aniversario y que nos permiten tener muy claro la historia, origen y
evolución de nuestra Constitución Federal:
12. Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos traducida en varias lenguas indígenas.
Dadas estas reflexiones, desde hace tiempo ha surgido la interrogante entre académicos, políticos y sociedad civil: si debemos optar por dejarla como se encuentra (aunque esto implica que se siga reformando), renovarla o crear una nueva Constitución... yo suscribo ésta última idea... ¿y tú?
Dadas estas reflexiones, desde hace tiempo ha surgido la interrogante entre académicos, políticos y sociedad civil: si debemos optar por dejarla como se encuentra (aunque esto implica que se siga reformando), renovarla o crear una nueva Constitución... yo suscribo ésta última idea... ¿y tú?
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3 comentarios:
Pensar en una nueva Constitución es como pensar que debemos seguir el modelo Kelseniano, esto debido a que debido a la jerarquía de las leyes que nos revela la teoría positivista de Kelsen, todo ordenamiento fundamental -inamovible, indiscutible, inviolable, autónomo,soberano, y mil adjetivos similares muy usados en la política barata y cara- porqué no pensar ya no en leyes, sino en derecho en su más amplio sentido y dejar de lado una dogmática positivista de las leyes, y permitir ese control difuso que los jueces deben aplicar, pero sólo como una directriz, y no así como un ordenamiento divino. Pues esto sólo nos envía a absurdos como los que la SCJN emite en tesis, jurisprudencias, criterios, acuerdos, etcétera, para poder sostener, motivar, y fundamentar lo que puede ser fundamentado por omisiones y complicidades del sistema político.
Estoy seguro que si se hiciera una encuesta en las facultades, departamentos, divisiones y/o cualquier nombre que adopten en las universidades las divisiones de ciencias sociales que estudian "leyes y/o derecho" no sabrían distinguir entre derecho constitucional propiamente, y sus dos principales partes: la dogmática y la orgánica. Y mucho menos los mecanismos de control constitucional, y no se diga donde quedan los tribunales.
Envió saludos cordiales desde lo más profundo de la Selva Lacandona, donde se gesta la Constitución de los Oprimidos.
Tambien estoy de acuerdo en renovarla sobre todo el articulo primero de la constitucion donde habla de los derechos humanos, antes eran garantias individuales y respondia al caracter nacional, ahora con la bandera de derechos humanos las corporaciones extranjeras tienen derechos sobre el territorio y poblacion (caso dragon mart), los sacerdotes ya no cuentan con restricciones para ser gobernadores con solo poner los derechos humanos hemos liberado muchas cosas en perjuicio de nuestro pueblo y de lo que se habia ganado.
PRegunta directa
¿Es o no la CPEUM de 1917 una reforma de la de 1957?
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