Apunto de concluir el primer período ordinario de sesiones, del tercer año de ejercicio de la LXI Legislatura del H. Congreso de la Unión, ayer, el Senado de la República aprobó -en lo general y en lo particular- el proyecto de decreto que contiene la última versión de lo que se conoce como la "Reforma Política" y se envío a la Cámara de Diputados para los efectos de la fracción E) del artículo 72 constitucional.
Adicionalmente, el Senado de la República aprobó un acuerdo para que, en caso de que la Cámara de Diputados no aprobase las adiciones contenidas en el (nuevo) dictamen de la Reforma Política, que se le envió, entonces el Senado manifiesta su aceptación para que los artículos que ya han sido aprobados por ambas Cámaras, se remitan a las Legislaturas de los Estados, como lo establece el artículo 135 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Como un dato adicional, es preciso decir que a falta de disposición constitucional expresa en donde se detalle el cómo procesar una reforma constitucional, se siguen los pasos previstos en el diverso artículo 72, que es propio para las reformas legales y es que el artículo 135 constitucional, es el único precepto que contiene los pasos muy generales de cómo debe llevarse a cabo una reforma constitucional.
SaLu2 y No Olvides Postear y Expresar Tu Opinión!!!
No hay comentarios.:
Publicar un comentario