octubre 26, 2011

Consideraciones sobre los artículos (no) reservados del dictamen de Reforma Política

A continuación podrás encontrar un documento que contiene la información sobre los artículos que fueron reservados del dictamen de Reforma Política, para su discusión en lo particular, los temas que contienen y los diputados que hicieron la reserva. Además, hay otras consideraciones que sobre estas reservas:

Pincha aquí para leer el documento:


Asimismo, aquí podrás encontrar los puntos relevantes del dictamen de la Reforma Política, así como el dictamen y los votos particulares que se presentaron.

Recuerda que en la sesión del pasado martes 25 de octubre, este dictamen fue aprobado en lo general y en lo particular sobre los artículos no reservados, con 418 votos a favor, 15 en contra y 2 abstenciones.

Por último, recuerda que este dictamen implica una reforma constitucional, por tanto, conforme al artículo 135 constitucional, se requiere el voto de las dos terceras partes de los presentes, léase, una mayoría calificada y ningún partido por sí sólo la tiene. De hecho, si estuvieran presentes todos los 500 diputados, se requieren 333 votos a favor para que la Reforma Política sea aprobada, es decir, se necesita un consenso, toda vez que el PRI cuenta con 239 diputados; el PAN con 142; el PRD con 68; el PVEM con 23; el PT con 13; PANAL con 7; MC con 6, y un independiente. Así que, si los diputados del PAN, PRD y PT al final votan en contra de los artículos reservados (que no pudieron ser modificados por el voto en contra, principalmente del PRI y del PVEM), tendríamos una mini-reforma política; además, deberá realizarse un análisis para determinar qué párrafos o fracciones no fueron reservados al igual que los artículos primero y quinto transitorios y éstos son los que quedarían aprobados como parte de la “Reforma Política”, esto más los artículos reservados que si llegasen a ser modificados.

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1 comentario:

Roberto Sierralta dijo...

Hay algo espantoso en estas refomas... algo que no es conspicuo, pero que se huele... Un botón de nuestra: "[...] Además, no debe pasar desapercibido que el avance en el movimiento del país no puede entorpecerse por cuestiones de índole política, ni cualquier otra supuesta razón que retrase el desarrollo del país" (pág. 209 de 284 del Dictamen de marras). Este "argumento" (arjumento) es inverosímil y antitético: el que los tales diputados, integrantes del "órgano político" del Estado por antonomasia, se refieran así a las "...cuestiones de índole política" es para alucinar... ¿Pues es acaso que estos diputados no han leido el inciso a) del artículo 3° constitucional?