julio 19, 2013

Reforma Constitucional en Materia de Libertad de Convicciones Éticas, de Conciencia y de Religión



El presente decreto de reforma constitucional es el número 209 y con el, tenemos un total de 565 reformas a la Constitución Federal de 1917 en sus 96 años de vigencia. Asimismo, es el cuarto decreto publicado en el DOF en lo que va del período presidencial de Enrique Peña Nieto; aunque es preciso mencionar que esta reforma inició desde el sexenio anterior conforme a los antecedentes siguientes:

Marzo 18, 2010. La iniciativa fue presentada por el Dip. José Ricardo López Pescador (PRI) y se turnó a la Comisión de Puntos Constitucionales de la Cámara de Diputados para análisis y elaboración del dictamen correspondiente.

Diciembre 14, 2011. La Comisión de Puntos Constitucionales de la Cámara de Diputados, aprobó el dictamen de la iniciativa.


Diciembre 15, 2011. La Cámara de Diputados aprobó el dictamen con 199 votos en pro, 58 en contra y 3 abstenciones; y se turnó al Senado de la República.

Febrero 1, 2012. Se turnó el Proyecto de Decreto a las Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales y de Estudios Legislativos del Senado de la República, para su estudio, análisis y dictaminación.

Marzo 14, 2012. Las Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales y de Estudios Legislativos del Senado de la República aprobaron el dictamen de la iniciativa.

Marzo 28, 2012. El Senado de la República aprobó el dictamen con 72 votos en pro y 35 en contra; y se turnó a las Legislaturas Locales para los efectos constitucionales.

Junio 19, 2013. La Comisión Permanente del Congreso de la Unión hizo el cómputo de los votos de las legislaturas y declaró aprobada la reforma constitucional.

Julio 19, 2013. Se publicó en el Diario Oficial de la Federación.

Nota.- cabe mencionar que el 28 de marzo de 2012, el Senado de la República también aprobó la diversa reforma al artículo 40 constitucional en materia de Estado Laico, misma que se publicó en el último día del período del presidente Felipe Calderón, el 30 de noviembre de 2012, es decir, la reforma al artículo 24 constitucional tardó casi 8 meses más en ser aprobada por las legislaturas estatales, debiéndose esto -sin duda- a su contenido que toca uno de los temas muy polémicos e interpretables como es la Libertad de Cultos.

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junio 11, 2013

Reforma Constitucional en Materia de Telecomunicaciones

Decreto porel que se reforman y adicionan diversas disposiciones de los artículos 6o.,7o., 27, 28, 73, 78, 94 y 105 de la Constitución Política de los Estados UnidosMexicanos, en materia de telecomunicaciones.

El presente decreto de reforma constitucional es el número 208 y con el, tenemos un total de 564 reformas a la Constitución Federal de 1917 en sus 96 años de vigencia. Asimismo, es la tercera que se lleva a cabo en lo que va del período presidencial de Enrique Peña Nieto.
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junio 05, 2013

Reforma Constitucional en Materia de Competitividad Económica



El presente decreto de reforma constitucional es el número 207 y con el, tenemos un total de 556 reformas a la Constitución Federal de 1917 en sus 96 años de vigencia. Asimismo, es la segunda que se lleva a cabo en lo que va del período presidencial de Enrique Peña Nieto.
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abril 02, 2013

La Nueva Ley de Amparo 2013


Aquí podrás encontrar los links que contienen distinta información sobre los procesos legislativos de la nueva Ley de Amparo del 2 de abril de 2013 y de la Reforma Constitucional en Materia de Amparo del 6 de junio de 2011:

NUEVA LEY DE AMPARO, publicada en el DOF el 2 de abril de 2013.

Ley de Amparo del 10 de enero de 1936 (abrogada).

Discursos pronunciados durante la promulgación de la nueva Ley de Amparo. Abril 1, 2013.

Versión estenográfica de la sesión del 20.03.2013 del Senado de la República en donde quedó aprobado -en lo general y en lo particular- el dictamen de la "Nueva Ley de Amparo" y se remitió al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales, que consisten en emitir sus observaciones si las tuviere (tiene 30 días naturales para hacerlo) o bien, promulgar y ordenar la publicación en el DOF (dentro de los 10 días naturales siguientes a los anteriores) y en caso de no hacerlo, le correspondería ordenar la publicación al Presidente del Senado de la República (a partir del día 41 natural).

Aquí unas notas sobre una conferencia que recién impartí en el Tribunal Estatal Electoral de Chihuahua.

Dictamen que contiene el proyecto de la nueva Ley de Amparo aprobado por las Comisiones Unidas de Justicia, Gobernación y Estudios Legislativos Segunda del Senado de la República el 19.03.2013, publicado éste día en la Gaceta del Senado como Primera Lectura y aprobado por el pleno del Senado de la República el 20.03.2013.


Minuta del proyecto de la nueva Ley de Amparo aprobado por la Cámara de Diputados el 12.02.2013 (ya incluye las modificaciones) y publicado en la Gaceta Parlamentaria del Senado de la República el 14.02.2013, para los efectos del apartado E del artículo 72 constitucional y con ésta fecha se turnó a las Comisiones Unidas de Justicia, Gobernación y de Estudios Legislativos Segunda para elaborar el dictamen correspondiente.

Dictamen del proyecto de la nueva Ley de Amparo aprobado por la Comisión de Justicia el 05.02.2013 y aprobado por la Cámara de Diputados el 12.02.2013

Modificaciones hechas al anterior dictamen por la Junta Directiva de la Comisión de Justicia de la Cámara de Diputados y aprobadas por el pleno.

Versión estenográfica de la sesión del 12.02.2013 de la Cámara de Diputados en donde quedó aprobado -en lo general y en lo particular- el dictamen de la "Nueva Ley de Amparo"


Discusión del dictamen de la "Nueva Ley de Amparo" en el Senado de la República. Diario de los Debates: Octubre 11, 2011 y Octubre 13, 2011 





Hacia una Nueva Ley de Amparo, de Arturo Zaldívar Lelo de la Larrea

Decreto de Reforma Constitucional en Materia de Amparo DOF 06.06.11

Proceso Legislativo de la Reforma Constitucional en Materia de Amparo.

Pd: La primera Ley de Amparo es del 30 noviembre de 1861 y fue promulgada por Benito Juárez, Presidente de México; tardó 4 años en ser creada, aprobada y publicada. Ésta derivó de la Constitución Federal del 5 de febrero de 1857.

La segunda Ley de Amparo es de 1919; tardó 2 años en ser creada, aprobada y publicada. Ésta derivó de la Constitución vigente del 5 de febrero de 1917.

La tercera Ley de Amparo es la que actualmente tenemos como vigente, siendo publicada en el DOF el 10 de enero de 1936. Ésta sustituyó a la de 1919.

La cuarta Ley de Amparo en México, es la que actualmente conocemos como la “Nueva Ley de Amparo” y su proceso de creación tuvo una demora de un año, cinco meses y veintiocho días, porque debemos recordar que debió haber estado lista el 4 de octubre de 2011.


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febrero 27, 2013

Conferencia "La Nueva Ley de Amparo"

El pasado lunes 25 de febrero del año en curso, recibí una atenta invitación del Mag. José Miguel Salcido Romero, Presidente del Tribunal Estatal Electoral de Chihuahua, para que impartiera una conferencia sobre "La Nueva Ley de Amparo". Al respecto, comparto unas notas sobre la conferencia:







Boletín del Tribunal Estatal Electoral de Chihuahua.

Breve reseña sobre la conferencia.

Dejo testimonio de mi agradecimiento por la invitación al Mag. José Miguel Salcido Romero, a la Mag. Roxana García Moreno y al Mag. Erik Muñoz, así como por su cálida hospitalidad.

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febrero 26, 2013

febrero 05, 2013

La Constitución Federal de 1917 y sus 96 años.


La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos del 5 de febrero de 1917 está cumpliendo 96 años de vida (y 156 la Carta Fundamental de 1857). Durante este lapso hemos sido testigos de una parte de la historia contemporánea de nuestro país, desde donde se dio respuesta a una serie de demandas provenientes del conflicto revolucionario de 1910, a través de la incorporación de una serie de derechos sociales a favor de las clases desprotegidas como eran los sectores campesino y obrero, que le dieron el honor de ser la primera Constitución Social del mundo.
Al paso del tiempo, se fue construyendo un régimen de gobierno con las características propias de los momentos en que se encontraba nuestro país, así nació el sistema presidencial mexicano que, para ser funcional con la hegemonía de un partido político único en el poder, se comenzó a ir modificando la Carta Fundamental de 1917 con el fin de crecer como nación y tener una gobernabilidad democrática con la colaboración real entre el Presidente y el Congreso de la Unión, es decir, debemos tener claro que uno de sus objetivos es tener Un Sistema Político Mexicano del Siglo XXI.
No se tiene la menor duda de que la Constitución Mexicana es un factor imprescindible para alcanzar las metas que nos proponemos, pero también es evidente que los legisladores y gobernantes en turno, piensan que modificando la Ley Fundamental será la solución inmediata a todos los problemas que tiene nuestro país. Así, desde el 5 de febrero de 1917 hasta esta fecha, se han llevado a cabo 552 reformas constitucionales a sus 136 artículos que la conforman. De hecho, la última reforma que tiene nuestro texto es del 30 de noviembre de 2012 relativo al Estado Laico.
A continuación les dejo unos vínculos con información importante para tenerla presente en este aniversario y que nos permiten tener muy claro la historia, origen y evolución de nuestra Constitución Federal:
12. Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos traducida en varias lenguas indígenas.

Dadas estas reflexiones, desde hace tiempo ha surgido la interrogante entre académicos, políticos y sociedad civil: si debemos optar por dejarla como se encuentra (aunque esto implica que se siga reformando), renovarla o crear una nueva Constitución... yo suscribo ésta última idea... ¿y tú?
 Salu2 y no olvides postear y expresar tu opinión!!!

enero 29, 2013

43 años del voto ciudadano a los 18 años


Hoy recordamos que un 29 de enero de 1970 se expidió el Decreto que reformó los artículos 52 y 60 de la Ley Federal Electoral, a través del cual se otorgó el voto a l@s mexicanos a l@s 18 años de edad y es que antes de dicha fecha, únicamente se podía votar a los 18 años si la persona estaba casada mediante vínculo matrimonial civil, toda vez que en soltería la mayoría de edad ciudadana para ejercer este derecho político solamente se alcanzaba hasta cumplirse los 21 años y cabe decir, que esto fue consecuencia inmediata de la respectiva reforma al artículo 34 constitucional de fecha 22 de diciembre de 1969, hecha en el mismo sentido.

Estamos ciertos que fue un logro para nuestra entonces no-nacida democracia mexicana y que derivó precisamente de todas las voces que se unieron durante la álgida década de los años sesenta y que culminó con los lamentables sucesos del 2 de octubre de 1968, que sin duda marcaron un punto de inflexión para el modelo de nación que queríamos tener –aunque sobra decir que por falta de auténticos estadistas, aún seguimos padeciendo y viviendo en un modelo de Estado que ya está más que rebasado y agotado ante la diversidad política y la apertura de la sociedad civil, pero que sigue siendo un tema a discutirse dentro del marco de la Reforma del Estado.-

Han transcurrido 43 años desde que nació y se incorporó este derecho al voto activo a quienes alcancen la mayoría de edad (y un “modo honesto de vivir”)… nos parece un derecho joven, con potencial, que empieza a madurar y que aún no ha dado todo de sí mismo, que aún puede dar más y contribuir a alcanzar una democracia plena y que contribuya a la construcción del sistema político mexicano del siglo XXI.

De hecho, para ahondar más en las proyecciones o el impacto del voto de los ciudadanos en general y de los que votarán por primera vez en las elecciones del año 2012, les sugiero que consulten el documento intitulado La aritmética política: el electorado mexicano en el siglo XXI, mismo que tiene como base las proyecciones de la población de México 2005-2050 que elaboró el Consejo Nacional de Población.

Por la importancia de esta fecha… en la cual se cristalizó el derecho constitucional de emitir el voto al cumplir 18 años y que al día de hoy seguimos impulsando que el voto cuente y se cuente… es que hoy hemos decidido dejar patente nuestro desiderátum para procurar conseguir –algún día- la Nación a la que aspiramos l@s mexican@s en un país de diversidad y tolerancia –y sobre todo- para alcanzar una auténtica democracia representativa.

Salu2 y no olvides postear y expresar tu opinión!!!