Alumnas y alumnos:
Si su calificación es de 58 puntos o menos, no acreditaron su examen. Para haberlo aprobado, necesitaron haber obtenido 60 puntos o más.
Si la puntuación que obtuvieron es 65, 75, 85 o 95, en el ejercicio de mi libertad de cátedra, considero que subirá al número entero superior, es decir, tendrán 7, 8, 9 o 10, según corresponda a cada caso.
Como se los indiqué en la primera sesión, contadas personas podrán tener una consideración adicional en el caso de que hayan sido alumnos regulares, hayan tenido la cámara encendida y participado, pero para que esto sea posible debieron de tener, al menos, 6 de calificación, es decir, una calificación aprobatoria en el examen. Esta situación se corrobora con las grabaciones de las sesiones que tengo y, en su caso, verán el posible incremento en su calificación directamente en el acta correspondiente.
Las calificaciones aprobatorias, no son renunciables y estás quedarán registradas en las actas hoy mismo.
Cualquier duda o comentario académico que en particular tuviesen, agradeceré que me escriban a burgoaf@derecho.unam.mx (no por WhatsApp) para dejar constancia de su situación y explicación, por cualquier eventualidad que pudiera presentarse.