agosto 29, 2011

¿De la Reforma Política Deseada a la Reforma Posible?

En el Teatro de Iturbide, Luis Manuel Rojas Arreola, en su calidad de Diputado Presidente declaró “El Congreso Constituyente de los Estados Unidos Mexicanos abre hoy, 1º de diciembre de 1916, el período único de sesiones.” y posteriormente José Venustiano Carranza Garza, Primer Jefe del Ejército Constitucionalista, Encargado del Poder Ejecutivo de la Unión hizo uso de la palabra para expresar los motivos que justificarían el “Proyecto de Reformas a la Constitución del 5 de febrero de 1857” que sometió a la consideración de este Congreso Constituyente.

Así, los diputados constituyentes de 1916-1917 formalmente conocieron el proyecto que durante dos meses discutieron, modificaron, adicionaron y aprobaron para quedar como la “Constitucion Politica de los Estados Unidos Mexicanos que Reforma la de 5 de Febrero de 1857” que Venustiano Carranza promulgó el 5 de febrero de 1917 y que entró en vigor el 1º de mayo siguiente, en donde quedaron incorporadas muchas de las demandas provenientes de la Revolución y se establecieron los principios básicos sobre los que se empezaría a construir el sistema político mexicano del siglo XX que se encargaría de darle la tan anhelada estabilidad al país que necesitaba en la era posrevolucionaria.

Al paso del tiempo fue moldeándose el entonces ‘nuevo’ régimen presidencial en México con sus características propias, mismo que funcionó durante la hegemonía de un partido político único en el poder pero se carecía de algo que resultaba ajeno en nuestro sistema político: la democracia. De lo contrario, ¿cómo podemos entender que en 1976, los ciudadanos de aquel tiempo, sólo tuvieron la opción para elegir a José López Portillo como Presidente de la República? Derivado de varios sucesos de la época, entre esos, el movimiento estudiantil de 1968 y la referida elección presidencial, tuvo origen la Reforma Política de 1977 que impulsó Jesús Reyes Heroles y que marca un punto de inflexión en lo que podemos llamar el inicio de la transición política: de un sistema del partido hegemónico a uno pluripartidista.

En este contexto, la LVII Legislatura de la H. Cámara de Diputados (1997-2000) tuvo gran relevancia al confirmar en su integración, el pluripartidismo que llegó para quedarse en nuestra muy joven democracia, toda vez que por primera vez el Partido Revolucionario Institucional ya no contaba con la mayoría absoluta y Porfirio Muñoz Ledo pasó a la historia al ser el primer diputado de oposición (PRD) en presidir esta Cámara el 1º de septiembre de 1997 y en contestar el tercer informe del Presidente Ernesto Zedillo Ponce de León. Posteriormente, vino la alternancia en el ejercicio del Poder Ejecutivo Federal al llegar Vicente Fox Quezada quien fue postulado por el Partido Acción Nacional y le toca ser también el primer Presidente en no contar con la mayoría absoluta en ambas cámaras del Congreso.

Actualmente sería impensable tener un escenario similar al de hace 35 años, sin embargo, a partir de que nuestra realidad política permitió la creación de nuevas opciones para los ciudadanos mediante distintos partidos políticos, se fue cristalizando el mosaico pluripartidista pero bajo el andamiaje constitucional del antiguo regimen. Es evidente que las últimas reformas constitucionales de fondo que han sido impulsadas por distintos actores políticos, sólo muestran un interés en la forma en como deben organizarse las elecciones y garantizar su confiabilidad, empero, existe un desinterés o “falta de acuerdos” para realizar la Reforma del Estado o la Reforma Política más importante: la forma en como debe ejercerse el Poder Público.

Esta reforma debe de centrarse en los mecanismos de colaboración y de pesos y contrapesos entre los poderes federales Ejecutivo y Legislativo sobre el principio de que el Presidente de la República no cuenta con la mayoría absoluta en el Congreso y en la tendencia actual, parece que el Poder Legislativo Federal seguirá integrado por minorías, a menos que se quiera incorporar la llamada “cláusula de gobernabilidad” que garantiza al partido político que obtenga el mayor número de los votos, léase, la primer minoría, se le otorguen en forma automática un número de curules o escaños para que alcance la mayoría absoluta, es decir, con ésta cláusula se busca construir mayorías artificiales que permitan “gobernar” o mantener el “establishment”.

De ahí que nos vemos en la necesidad de construir un régimen presidencial funcional a los requerimientos de la joven democracia mexicana. Un sistema presidencial dotado de nuevas formas políticas, culturales y jurídicas para estimular la formación de esas mayorías que se requieren urgentemente y que sólo podrán alcanzarse mediante la conformación de pactos mayoritarios entre las minorías representadas en el Congreso, porque es notorio que uno de los grandes problemas de nuestro sistema político es la falta de construcción de acuerdos que se traduzcan en una gobernabilidad democrática y que se vea reflejado en un proyecto de nación incluyente.

Sobre este punto, recuerdo que a fines del año 2004, Manuel Camacho Solís, en su calidad de Diputado Federal Presidente de la Comisión Especial para la Reforma del Estado de la LIX Legislatura de la Cámara de Diputados y Diego Valadés, Director de Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM, llevaron a cabo el foro Gobernabilidad democrática: ¿qué reforma?, y ahí se pudo apreciar la gran pluralidad de ideas en donde cada uno de los 118 participantes dejó testimonio de la reforma que proponía, cabe mencionar que entre ellos se encontraban todos los aspirantes a la candidatura presidencial del año 2006. Si revisamos las propuestas podemos percibir la forma en que los principales actores políticos de nuestro país, concibieron las soluciones para actualizar el sistema político mexicano a las necesidades propias de la diversidad política.

Cinco años después, México se encuentra ante la impostergable necesidad de concluir su transición política y democrática creando un nuevo conjunto de reglas institucionales que ponga al día al Estado con la sociedad y facilite la maduración democrática de su relación.

Es necesario que nuestro régimen presidencial pueda afrontar los retos del siglo XXI y la Reforma Política que se encuentra en discusión en la Cámara de Diputados es un punto de partida para una gran reforma de fondo.

No debe perderse la oportunidad de ampliar, mejorar y fortalecer la minuta de Reforma Política que el Senado de la República aprobó el pasado 27 de abril.

Es un imperativo luchar por la reforma deseada y no tener que conformarnos –una vez más- con la reforma posible.

De no hacerse hoy, pasarán otros muchos años más sin que se toque el arcaico diseño constitucional que fue funcional durante el antiguo régimen.

Estoy cierto que no debemos centrar sólo la atención en los cuatro puntos de esta reforma relativos a la “ciudadanización” de la política a saber:

1. Candidaturas Independientes;

2. Consulta Popular;

3. Iniciativas de Ley Ciudadanas, y

4. Reelección de Legisladores y de Presidentes Municipales.

Aprobarlos sin discusión y sin tener la idea de cómo sería su regulación específica, sería un error que con el tiempo puede ser muy lamentable, por ejemplo, para el caso de las candidaturas independientes, lejos de aportar para el crecimiento de nuestra democracia, existiría el riesgo de ir en retroceso y caminar rumbo a una plutocracia.

En tal virtud, se trata de construir ciudadanía y las instituciones necesarias para resolver sus causas, para fortalecer a nuestra joven democracia, profundizar su contenido y ser capaces de ampliar los reducidos alcances de la actual organización política.

Son los legisladores federales quienes tienen la responsabilidad histórica de cumplir con el mandato que les otorgó la ciudadanía y pronunciarse al respecto, porque una cosa es incuestionable: México merece tener un sistema político del siglo XXI con el objetivo de que exista una eficaz gobernabilidad democrática.

Pd: el presente artículo fue publicado para Gurú Político // SinEmbargo.Mx y que puede ser visto aquí.

SaLu2 y No Olvides Postear y Expresar Tu Opinión!!!

agosto 26, 2011

¡Basta de Inseguridad!


Los deleznables hechos ocurridos ayer en Monterrey, no deben verse como un hecho aislado. Sobran las palabras para manifestar nuestro repudio. Los gobernados no queremos más lamentaciones, ni muestras de solidaridad de los gobernantes si éstas no se traducen en una demanda que cada día es urgente atender: la seguridad.

Cada uno de nosotros tenemos una gran responsabilidad para la construcción de un México mejor y desde nuestros espacios debemos hacer nuestra aportación, quedando prohibido guardar silencio ante la injusticia, ante la corrupción y ante la improvisación de quienes ejercen el poder público.

Un dato final: en el año 2007, México ocupaba el lugar 102 -de 177 países analizados- en el índice de Estados Fallidos, de acuerdo a The Fund for Peace. En 2011, nuestro país se encuentra en el lugar 94.

Pd: el presente comentario fue publicado en el portal de SinEmbargo.Mx en la nota:

"30 VOCES FRENTE A LA TRAGEDIA"

cuyas voces fueron compiladas por Carlos Álvarez Acevedo de Gurú Político

SaLu2 y No Olvides Postear y Expresar tu Opinión!!!

agosto 17, 2011

Surrealismo Mexicano: 83 Días del “Veto de Bolsillo”


Es innegable que México se encuentra ante la impostergable necesidad de tener un nuevo conjunto de reglas políticas, que ponga al día al Estado y sus instituciones con la sociedad y que se traduzcan en la gobernabilidad democrática imprescindible para afrontar los retos del siglo XXI. De hecho, en las últimas fechas hemos sido testigos del impetú que ha generado la hoy famosa “Reforma Política” que aprobó el Senado de la República el pasado 27 de abril y que se encuentra pendiente de dictaminar la Cámara de Diputados, misma que debe aprovechar su calidad de Cámara Revisora y enriquecer la minuta de la “Reforma Política” para avanzar en una reforma de fondo y no tener que conformarnos con la ‘reforma posible’, en vez de la ‘reforma deseada’.
Hay quienes piensan que la Cámara de Diputados debe de aprobar –sin discutir- la “Reforma Política” y hay ciudadan@s que sólo les interesa los cuatro puntos de dicha reforma relativos a la participación ciudadana, pero algo que debemos tomar en cuenta es que la Reforma Política debe ser tan amplia como queramos fortalecer y actualizar nuestro caduco Sistema Político y es justo aquí en donde se inscriben muchos temas que no deben verse en forma aislada, uno de ellos resulta ser el del llamado “veto de bolsillo” que consistía en el ejercicio de una (mala) práctica de parte del Presidente de la República con el único fin de no firmar una ley o decreto que el Congreso de la Unión le ha enviado para su respectiva publicación en el Diario Oficial de la Federación (DOF), lo cual se traducía en el diferimiento de la conclusión de un proceso legislativo. Hay que señalar que el “veto de bolsillo” empezó a cobrar fuerza desde el momento en que el Presidente de la República dejó de contar con la mayoría absoluta en el Congreso. De hecho, es importante destacar que el Ejecutivo Federal sí cuenta con la facultad de vetar las leyes o decretos que le envía el Congreso pero, tratándose de las reformas constitucionales, no tiene participación alguna toda vez que le corresponden al Poder Revisor de la Constitución: Congreso de la Unión y las Legislaturas de los Estados.
Aquí existe un aspecto que es de llamar la atención: ¿el Presidente de la República debe de firmar el decreto que le envíe la Comisión Permanente o el Congreso de la Unión para que sea válida una reforma constitucional? conforme la lectura al artículo 135 constitucional, la respuesta es que no toda vez que dice “La presente Constitución puede ser adicionada o reformada. Para que las adiciones o reformas lleguen a ser parte de la misma, se requiere que el Congreso de la Unión, por el voto de las dos terceras partes de los individuos presentes, acuerden las reformas o adiciones, y que éstas sean aprobadas por la mayoría de las legislaturas de los Estados. El Congreso de la Unión o la Comisión Permanente en su caso, harán el cómputo de los votos de las Legislaturas y la declaración de haber sido aprobadas las adiciones o reformas.”. Sin embargo, considero que la firma o la “promulgación” que hace el Presidente de la República a una reforma constitucional se debe a una práctica propia del presidencialismo rígido que imperó durante muchos años en nuestro país y al mandato de un ordenamiento inferior a la Constitución, conforme lo establece la Ley del Diario Oficial de la Federación y Gacetas Gubernamentales (1986), en sus artículos tercero y cuarto que refieren la obligación del Ejecutivo Federal de publicar en el DOF, distintos ordenamientos y disposiciones, entre ellos, las leyes y decretos expedidos por el Congreso de la Unión.
Ahora, si observamos los antecedentes legislativos de la reforma constitucional que nos ocupa, nos daremos cuenta que tiene sus orígenes con distintas iniciativas que fueron presentadas desde el año 2001. Con fecha 19 de junio de 2008, el Senado de la República aprobó el dictamen con proyecto de decreto que reforma los artículos 71, 72 y 78 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, haciendo lo propio la Cámara de Diputados el 9 de diciembre de 2010, turnándose a las Legislaturas de los Estados para los efectos del artículo 135 constitucional y el 25 de mayo de 2011, la Comisión Permanente del Congreso de la Unión, declaró la aprobación del decreto mencionado y se remitió al DOF para los efectos constitucionales.
De lo anterior, podemos apreciar que tuvieron que pasar diez años para que esta reforma constitucional pudiera ser materializada y no omitiremos el hecho de que Felipe Calderón, en su carácter de Presidente de la República, ejerció el “veto de bolsillo” a la reforma constitucional que elimina la práctica del “veto de bolsillo” durante… ¡83 días! y es que no existía una razón ni lógica, ni jurídica para que hubiesen transcurrido casi tres meses en demorar su publicación en el Diario Oficial de la Federación y más si consideramos que hubo otras reformas constitucionales que la Comisión Permanente del Congreso de la Unión había declarado su aprobación con posterioridad a la del “veto de bolsillo”, por ejemplo, el primero de junio de este año fue la correspondiente a Derechos Humanos y nueve días después, se publicó en el DOF, y el 29 de junio, fue la relativa a la materia de trata de personas, misma que fue publicada quince días después. Siendo este un caso propio del surrealismo de la política mexicana.
Inclusive, no podemos soslayar tres hechos ocurridos durante estos 83 días: 1.- El 15 de junio de 2011, el titular del Poder Ejecutivo Federal presentó una solicitud a la Comisión Permanente con el fin de acordar la Convocatoria a un Periodo Ordinario de Sesiones Extraordinarias del Congreso de la Unión, para el desahogo de las iniciativas y asuntos relativos a la Reforma Política; Reforma Laboral; Seguridad y Justicia; Combate a la Corrupción; Asociaciones Público Privadas, y Elección de Consejeros del Instituto Federal Electoral. Lo cual estimamos que no había una congruencia de parte del Presidente, porque solicitó un período extraordinario para el desahogo de ciertos temas y pudiendo demostrar su volutad política y el respeto al Congreso de la Unión al publicar la reforma constitucional en materia del “veto de bolsillo”, simplemente no lo hacía; 2.- El 13 de julio de 2011, la Comisión Permanente aprobó un Punto de Acuerdo en el que consideró que “el Titular del Poder Ejecutivo Federal no tiene facultad de observación para las reformas hechas por el constituyente permanente y que se han cumplido a cabalidad los supuestos constitucionales que señala el artículo 135 de nuestra Carta Magna para la reforma de los artículos 71, 72 y 78 y no hay ningún impedimento legal para demorar la publicación del decreto respectivo, exige respetuosamente al Titular del Poder Ejecutivo Federal a que publique, a través de la Secretaría de Gobernación la reforma a los artículos 71, 72 y 78 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.”. Huelga decir que este punto de acuerdo lo ignoró el Presidente, de lo contrario no se hubiera tardado más de un mes en publicar la reforma constitucional en comento, y 3.- El 10 de agosto de 2011, la Mesa Directiva de la Comisión Permanente acordó solicitar a las áreas jurídicas del Senado de la República, la elaboración de un ocurso, para controvertir la omisión de la Presidencia de la República, por la falta de publicación de la reforma constitucional, sobre el “veto de bolsillo”. Parece que esto último fue lo que presionó a Felipe Calderón para que publicara la reforma constitucional y justo el día en que la Comisión Permanente sesionaría de nuevo y este tema se volvería a tocar. Lo anterior, sin considerar que en más de una ocasión y durante la sesiones de la Comisión Permanente, distintos legisladores del PRI y del PRD se pronunciaron en contra de la omisión del Presidente de publicar esta reforma constitucional.
El “veto de bolsillo” considerado también como una facultad meta constitucional del Presidente de la República es una muestra clara de cómo se tiene que reformar la Constitución para que tenga que ser respetada, porque si cada reforma constitucional o legal que el Congreso de la Unión le envía al Presidente y no fuese vetada formalmente, hubiera sido publicada de inmediato, esta reforma constitucional no tendría razón de ser y este es un tema que necesitamos avanzar para construir una auténtica cultura de la constitucionalidad e incluso, estimamos que podía ser posible sólo reformar la Ley del Diario Oficial de la Federación y Gacetas Gubernamentales para establecer la posibilidad de que el Congreso de la Unión pudiera ordenar la publicación de las leyes o decretos en caso de que el Presidente de la República no lo hiciera.
El Decreto publicado hoy en el Diario Oficial de la Federación por el que se reforman los artículos 71, 72 y 78 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, tiene una gran relevancia en la reforma a la fracción B del artículo 72, toda vez que establece que “se reputará aprobado por el Poder Ejecutivo todo proyecto no devuelto con observaciones a la Cámara de su origen dentro de los treinta días naturales siguientes a su recepción; vencido este plazo el Ejecutivo dispondrá de diez días naturales para promulgar y publicar la ley o decreto. Transcurrido este segundo plazo, la ley o decreto será considerado promulgado y el Presidente de la Cámara de origen ordenará dentro de los diez días naturales siguientes su publicación en el Diario Oficial de la Federación, sin que se requiera refrendo. Los plazos a que se refiere esta fracción no se interrumpirán si el Congreso cierra o suspende sus sesiones, en cuyo caso la devolución deberá hacerse a la Comisión Permanente.” Lo curioso es que esta fracción, léase el derecho de veto presidencial, no aplica a reformas constitucionales, por lo que esperemos en la buena voluntad política del titular del Poder Ejecutivo Federal para que no se pretenda ejercer un “veto de bolsillo” de “cuarenta días” a una reforma constitucional que no puede ser formalmente vetada, sino debe ser publicada de inmediato en el DOF, por lo que debería haber una reforma a la Ley del Diario Oficial de la Federación y Gacetas Gubernamentales, que dicho sea de paso, no ha tenido ninguna modificación desde su publicación el 24 de diciembre de 1986, por lo que valdría la pena actualizarla conforme el decreto referido.
Por último, con la presente reforma constitucional que elimina la práctica del “veto de bolsillo”, ya son 82 artículos reformados durante el actual período presidencial de Felipe Calderón, y por cierto, ya había superado los 77 preceptos que se modificaron durante todo el sexenio del ex presidente Ernesto Zedillo. Así, en los 94 años de vigencia que tiene nuestra Constitución, ya suman un total de 524 reformas realizadas en 196 decretos publicados en el Diario Oficial de la Federación.
Reflexión final: el actual Sistema Político Mexicano carece de una identidad propia ante la pasividad de nuestra clase política que se resiste a concluir la transición política y democrática que México necesita, por ello, considero que es tiempo de ir pensando en tener una Constitución renovada con miras a su centenario: el 5 de febrero de 2017.
Pd: el presente artículo es el primero que escribo para Gurú Político // SinEmbargo.com.mx y que ha sido publicado este día. ¡Enhorabuena y gracias mil por la confianza! *Noblesse Oblige*

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Reforma Constitucional que elimina la práctica del "Veto de Bolsillo"

DECRETO por el que se reforman los artículos 71, 72 y 78 de la Constitución Política de los Estados UnidosMexicanos.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Presidencia de la República.

FELIPE DE JESÚS CALDERÓN HINOJOSA, Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, a sushabitantes sabed:
Que la Comisión Permanente del Honorable Congreso de la Unión, se ha servido dirigirme el siguiente
DECRETO
"LA COMISIÓN PERMANENTE DEL HONORABLE CONGRESO DE LA UNIÓN, EN USO DE LA FACULTAD QUE LECONFIERE EL ARTÍCULO 135 CONSTITUCIONAL Y PREVIA LA APROBACIÓN DE LAS CÁMARAS DE DIPUTADOS Y DE SENADORES DEL CONGRESO GENERAL DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, ASÍ COMO LA MAYORÍA DE LAS LEGISLATURAS DE LOS ESTADOS,
DECRETA:
SE REFORMAN LOS ARTÍCULOS 71, 72 Y 78 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOSMEXICANOS
ARTÍCULO PRIMERO.- Se reforma el último párrafo del artículo 71 de la Constitución Política de losEstados Unidos Mexicanos, para quedar como sigue:
Artículo 71. .....
I. a III. .....
Las iniciativas presentadas por el Presidente de la República, por las legislaturas de los Estados o por las diputaciones de los mismos, pasarán desde luego a comisión. Las que presentaren los diputados o los senadores, se sujetarán a los trámites que designen la Ley del Congreso y sus reglamentos respectivos.
ARTÍCULO SEGUNDO.- Se reforma el primer párrafo y de la fracción B del artículo 72 de la ConstituciónPolítica de los Estados Unidos Mexicanos, para quedar como sigue:
Artículo 72. Todo proyecto de ley o decreto, cuya resolución no sea exclusiva de alguna de las Cámaras,se discutirá sucesivamente en ambas, observándose la Ley del Congreso y sus reglamentos respectivos,sobre la forma, intervalos y modo de proceder en las discusiones y votaciones:
A. ...
B. Se reputará aprobado por el Poder Ejecutivo todo proyecto no devuelto con observaciones a la Cámara de su origen dentro de los treinta días naturales siguientes a su recepción; vencido este plazo el Ejecutivo dispondrá de diez días naturales para promulgar y publicar la ley o decreto. Transcurrido este segundo plazo, la ley o decreto será considerado promulgado y el Presidente de la Cámara de origen ordenará dentro de los diez días naturales siguientes su publicación en el Diario Oficial de la Federación, sin que se requiera refrendo. Los plazos a que se refiere esta fracción no se interrumpirán si el Congreso cierra o suspende sus sesiones, en cuyo caso la devolución deberá hacerse a la Comisión Permanente.
C. a J. .....
.....
ARTÍCULO TERCERO.- Se reforma la fracción III del artículo 78 de la Constitución Política de los EstadosUnidos Mexicanos, para quedar como sigue:
Artículo 78. .....
.....
I. .....
II. .....
III. Resolver los asuntos de su competencia; recibir durante el receso del Congreso de la Unión lasiniciativas de ley, las observaciones a los proyectos de ley o decreto que envíe el Ejecutivo y proposicionesdirigidas a las Cámaras y turnarlas para dictamen a las comisiones de la Cámara a la que vayan dirigidas, a fin de que se despachen en el inmediato periodo de sesiones;
IV. a VIII. .....
TRANSITORIO
ÚNICO.- Este Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de laFederación.
México, D.F., a 25 de mayo de 2011.- Sen. Francisco Arroyo Vieyra, Vicepresidente.- Dip. ArturoZamora Jiménez, Secretario.- Rúbricas."
En cumplimiento de lo dispuesto por la fracción I del Artículo 89 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y para su debida publicación y observancia, expido el presente Decreto en la Residencia del Poder Ejecutivo Federal, en la Ciudad de México, Distrito Federal, a doce de agosto de dos mil once.- Felipe de Jesús Calderón Hinojosa.- Rúbrica.- El Secretario de Gobernación, José Francisco Blake Mora.- Rúbrica.

agosto 08, 2011

Propuesta de Seguridad y Justicia - UNAM


Este día, en el Palacio de la Antigua Escuela de Medicina, el rector José Narro encabezó la presentación del documento resultado de la Conferencia Internacional sobre Seguridad y Justicia en Democracia, cuyo contenido fue leído por Jorge Carpizo, ex rector y presidente del Instituto Iberoamericano de Derecho Constitucional.

Este es un documento que debemos leer y analizar para conocer de cerca la propuesta que nuestra Universidad presenta y que ojalá el Estado la considere para dar un cambio a la estrategia frente a la inseguridad que padecemos en el país.

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NO Te Detengas

Walt Whitman

No dejes que termine el día sin haber crecido un poco,
sin haber sido feliz, sin haber aumentado tus sueños.
No te dejes vencer por el desaliento.
No permitas que nadie te quite el derecho a expresarte,
que es casi un deber.
No abandones las ansias de hacer de tu vida algo extraordinario.
No dejes de creer que las palabras y las poesías
sí pueden cambiar el mundo.
Pase lo que pase nuestra esencia está intacta.
Somos seres llenos de pasión.
La vida es desierto y oasis.
Nos derriba, nos lastima,
nos enseña,
nos convierte en protagonistas
de nuestra propia historia.
Aunque el viento sople en contra,
la poderosa obra continúa:
Tú puedes aportar una estrofa.
No dejes nunca de soñar,
porque en sueños es libre el hombre.
No caigas en el peor de los errores:
el silencio.
La mayoría vive en un silencio espantoso.
No te resignes.
Huye.
"Emito mis alaridos por los techos de este mundo",
dice el poeta.
Valora la belleza de las cosas simples.
Se puede hacer bella poesía sobre pequeñas cosas,
pero no podemos remar en contra de nosotros mismos.
Eso transforma la vida en un infierno.
Disfruta del pánico que te provoca
tener la vida por delante.
Vívela intensamente,
sin mediocridad.
Piensa que en ti está el futuro
y encara la tarea con orgullo y sin miedo.
Aprende de quienes puedan enseñarte.
Las experiencias de quienes nos precedieron,
de nuestros "poetas muertos",
te ayudan a caminar por la vida.
La sociedad de hoy somos nosotros:
Los "poetas vivos".
No permitas que la vida te pase a ti sin que la vivas...

*
CARPE DIEM*